Visita de cárceles y soltura de presos
En Buenos Aires, á 3 de Junio de 1879, reunida la Suprema Corte de Justicia en acuerdo extraordinario para resolver sobre la visita practicada en las Cárceles, actas y peticiones de los presos, y tomadas en consideración con los informes de las Cámaras de Apelación y Jueces de 12 Instancia en lo Criminal de la Capital y Campaña, resolvió:
Que se ponga en libertad al preso Victor Engblom que está á disposición del Juez del Crimen del Sud y Pedro Sosa á la del Juez en la Capital Dr. Paso. Con lo que terminó el acto, mandando se libren las notas acordadas, se comunique a quienes corresponde y se publique.
Andrés Somellera.
Manuel M. Escalada.
Alejo B. Gonzalez.
Sisto Villegas.
Sabiniano Kier.
Integración de la lista de Conjueces
En Buenos Aires, á 7 de Junio de 1879, reunida la Suprema Corte de Justicia, en acuerdo extraordinario, resolvió:
Nombrar a los Dres. D. Pedro Goyena y D. Felipe J. Coronel para integrar la lista de Conjueces en reemplazo de los Dres. D. Ramon B. Muñiz y D. Vicente F. Lopez, que han dejado de serlo por resoluciones de esta Corte, y que se comunicara á las Cámaras de la
Capital y a los nombrados.
Con lo que terminó el acto, firmaron los señores Ministros de la Suprema Corte.
Andrés Somellera.
Manuel M. Escalada.
Alejo B. Gonzalez.
Sisto Villegas.
Sabiniano Kier.
Las dudas sobre si corresponde papel sellado á un Roto ó documento de verificarse ó verificado, sobre la clase de papel sellado que le corresponda ó sobre interpretación de la ley de la materia deben ser resueltas por la Dirección de Rentas con audiencia verbal ó escrita del Ministerio Fiscal, siendo inapelable su decisión.